Haciendo una donación
Transforma el modelo de telecomunicaciones
Mejora el acceso a Internet
Las donaciones tienen incentivos fiscales
Las recogemos y gestionamos para los proyectos
Registro de fundaciones Generalitat Catalunya 2550
ONG sin ánimo de lucro, de interés general acogida a la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin finalidades lucrativas y de incentivos al mecenazgo.
Las donaciones son irrevocables, puras y simples.
Beneficios de los incentivos fiscales de la Ley 49/2002 del Régime Fiscal de las entidades sin ánimo de lucro y de incentivos al mecenazgo
Sistema de donaciones
Eres una persona física (IRPF)*?
Haciendo una donación de 1€ hasta 150€:
Te podrás deducir un 80% en la declaración de la renta.
Haciendo una donación superior a 150€:
De los primeros 150€ te podrás deducir un 80% en la declaración de la renta.
Del importe restante te podrás deducir un 35% en la declaración de la renta.
Y, un 5% más a partir del 3r año si la donación es a la misma entidad por un importe igual o superior.
* Hasta un 10% de la base imponible.
Eres una persona jurídica (IS)?
Haciendo una donación de cualquier importe:
Te podrás deducir un 35% en el impuesto de sociedades.
Y, un 5% más a partir del 3r año si la donación es a la misma entidad por un importe igual o superior.